Evolución de la noción de Seguridad Colectiva a la luz de ciertas circunstancias históricas: hacia un enfoque más centrado en las personas

Autores:
Sergio García (UPNA, Globernance)
Programa:
Día: viernes, 9 de septiembre de 2011
Hora: 09:00 a 11:30
Lugar: Aula 1.15

El Concepto de Seguridad Colectiva encarna el sueño de los filósofos del Siglo de las luces que deseaban terminar de una vez por todas con los conflictos y manejos de dirigentes poco escrupulosos, cuyas ambiciones no se correspondían en nada con el bienestar de sus gobernados. Los debates sobre la paz perpetua, que adquieren su apogeo durante el siglo XVIII, son una buena muestra de esto[1]. Las Naciones Unidas son la encarnación de ese sueño que pretendía reemplazar un sistema de equilibrio de potencias por un régimen sustentable de Seguridad Colectiva. Las ideas de progreso, de libertad y de felicidad también empañan esta concepción teórica. El Concepto se convirtió en Realidad gracias al impulso del entonces presidente de Estados Unidos Woodrow Wilson y la constitución de la Sociedad de Naciones[2] tras la primera Guerra Mundial y, más tarde, a la constitución de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

La noción de seguridad colectiva, como fue concebida en un inicio, encierra la idea según la cual la agresión de un país a otro equivale a una agresión contra todos los países, y estos últimos tienen el deber de oponerse a la agresión. El concepto de seguridad colectiva viene a ser un contrato entre Estados que aspira a mantener la estabilidad y la paz, mientras que el sistema de equilibrio que le precedía era (y es) un mecanismo que trataba de mantener el status quo, si es necesario recurriendo a la guerra para mantener el equilibrio geopolítico. El sistema de equilibrio de potencias, asociado a lo que denominan algunos la “realpolitik” consideraba (y considera) que la guerra es un elemento ineludible de la relación entre Estados.

Aunque, como hemos dicho, el sueño de la Seguridad Colectiva brota en el Siglo de las luces dentro del marco de la tensión generada entre las ideas de progreso y libertad y el sistema insatisfactorio ya de equilibrio entre potencias, no fue hasta 1945, tras dos guerras mundiales y la desaparición por parte de algunos de la fe en el progreso, que el concepto cristalizó con la formación de la Organización de las Naciones Unidas. Prácticamente desde la fundación de la carta de las Naciones Unidas tras la Segunda Guerra Mundial, esta institución naciente trató de implementar este mecanismo de acción internacional concertada para proteger los intereses colectivos de los Estados frente a amenazas comunes. La definición por sí sola de lo que constituye un interés colectivo ya plantea muchos problemas, especialmente cuando cada Estado sigue velando por la supremacía de su Nación. Este mecanismo, en sus inicios, tenía como principal objetivo evitar que se produjera otra conflagración como las dos que habían azotado el mundo entero en la primera mitad del Siglo XX. A través de él, se daban lo primeros pasos para que los conflictos entre Estados fueran resueltos, en caso de amenaza de guerra, por la acción mancomunada de la comunidad de naciones, haciendo valer los parámetros de justicia codificados en el Derecho Internacional. Este instrumento, sin embargo, ha ido evolucionando con el paso de los años debido, en algunos casos, a algunos problemas nuevos que se han ido presentando, y, en otros, a la contradicción existente entre el planteamiento de este mecanismo en pro del interés colectivo y la persecución de intereses particulares por parte de los Estados.

A lo largo de este trabajo analizaremos, haciendo un corte en 1945, la evolución de este sistema, a la luz de ciertas circunstancias históricas que han favorecido el refinamiento de esta noción y de sus mecanismos y de los obstáculos encontrados, prestando especial atención al giro que de atención que se ido produciendo desde una óptica centrada en los Estados, a otra focalizada más en las personas y en los Derechos Humanos. El análisis de las idas de “Seguridad Humana” y de “Responsabilidad de Proteger” nos será de especial utilidad para este último punto.

 

 


[1] Véase: Immanuel Kant, La Paz Perpetua, Longseller, Buenos Aires, 2001.

[2] Woodrow Wilson, La Guerra-La Paz: La sociedad de Naciones, Librería Granada, Barcelona, 1918.

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