La legalidad como razón pública. Una visión colaborativa de la interpretación de los derechos en una democracia constitucional
- Programa:
- Sesión 1
Día: jueves, 21 de septiembre de 2017
Hora: 09:00 a 11:00
Lugar: Aula 1.2.
Este trabajo trata de articular una posición teórica que sea capaz de reconciliar los dos requerimientos de una democracia constitucional: por un lado, la demanda de respeto y deferencia a las decisiones mayoritarias, y por otro, la importancia de unos tribunales nacionales e internacionales fuertes e independientes. A dicha posición teórica se la denomina "la teoría de la legalidad como razón pública". El principal objetivo de dicha teoría es alcanzar una determinada cultura constitucional, "la cultura democrática de la justificación", en donde los papeles respectivos de las instituciones en materia de derechos humanos no se conciben sobre la base de la soberanía o autoridad última, sino desde la perspectiva de la colaboración y la responsabilidad compartida. Con el fin de desarrollar dicha teoría, se comienza presentando "el enfoque common law de protección de derechos" como la base de un modelo colaborativo de justicia constitucional. A partir de ahí, se trata de ofrecer las claves de dicho modelo, concibiendo el imperio de la ley como una empresa colaborativa en la que intervienen todos los poderes del estado (y, de manera subsidiaria, los tribunales internacionales) cada uno desde su respectiva competencia y legitimidad. Para ello, se da especial atención a la idea del "coloquio socrático" entre legisladores y tribunales de Alexander Bickel, así como a la noción del sistema jurídico de Lon Fuller como un orden basado en la reciprocidad relativamente estable de expectativas entre el legislador y los destinatarios de las leyes.
Palabras clave: constitucionalismo, democracia, colaboración, common law